viernes, 11 de octubre de 2013

HOJAS DEL EXODO (3ra. parte)








CONFIDENCIAL

INSPECTORÍA AD-HOC
AV. ABANCAY No. 100
27 OCTUBRE DE 1987
LIMA.

PARTE No. 50 – INSPECTORÍA AD-HOC

SOBRE RESPONSABILIDAD DEL PRIMER JEFE DE LA 66-CGC, AL HABER PERMITIDO ACTOS DE INDISCIPLINA DEL PS EN EL LOCAL DE SU UNIDAD Y LUGARES ADYACENTES, Y DEL SEGUNDO JEFE DE LA MISMA UNIDAD, AL HABER PERMITIDO SER FALTADO EN FORMA PÚBLICA Y NO HABER DENUNCIADO DICHOS FALTAMIENTOS, CON MOTIVO DEL DENOMINADO “PARO POLICIAL”, EL 15 DE MAYO DE 1987.

GENERAL FF.PP. LIZANDRO ALVITEZ FALCÓN
INSPECTOR

COMANDANTE GC. ELOY CACHO LÓPEZ
SECRETARIO

Señor: General Director Superior de la Guardia Civil

Asunto: Da cuenta de responsabilidad del Comandante GC. Humberto   FERNANDINI MARAVI, Jefe de la 66-CGC, al haber permitido actos de indisciplina del PS en el local de su Unidad y lugares adyacentes, y del 2do. Jefe, Mayor GC. José GÓMEZ LA ROSA, al haber permitido ser faltado en forma pública y no haber denunciado dichos faltamientos, con motivo del denominado “PARO POLICIAL”, el 15 de mayo de 1987.

Referencia: Mem. No. 14-87-DIRSUP/GC/SG. Del 15 JUN 87.

Tengo el honor de dirigirme a ese superior despacho, dando cumplimiento al documento de la referencia, para hacer de su conocimiento los acontecimientos relacionados con el Asunto, los mismos que han ocurrido de la manera siguiente:

I.- HECHOS

A.- Durante horas de la mañana del 15MAY87, en el local de la 66-CGC y lugares adyacentes, se realizaron graves actos de indisciplina, materializado en el uso de material lacrimógeno, por personal subalterno GC, no identificado, que provocó malestar y desconcierto en el personal.

B.- En la misma fecha y también en horas de la mañana, el Sargento 2do. GC. Celso PASTRANA NEYRA, perteneciente a la 66-CGC, protagonizó también serias manifestaciones de indisciplina, en el interior del local de la 2da. Comisaría-San Andrés, al incitar al personal de la 66-CGC y personal de vacaciones de otras Unidades, que cubren servicio de Bancos, para que se plegasen al denominado “PARO POLICIAL” y no salgan al servicio; liderando posteriormente una concentración con PS de las FF.PP. en la Plaza Italia, y desplazándose con parte de éste, al local de la 66-CGC, tratando de incursionarla y arrojando granadas lacrimógenas al interior del local.

C.- La Orden de Operaciones No. 03-66-CGC-COAS-C3 “LEALTAD del 14ABR87, formulada por la Jefatura de la 66-CGC y que para los efectos del presente análisis, solamente consideramos:

1.- La Misión; y
2.- El Concepto de la Operación.

II.- INVESTIGACIÓN Y ANÁLISIS

El 15MAY87 a horas 06.30 más o menos, el PS de la 66-CGC y de vacaciones de distintas Unidades que cubren servicio de Bancos, se encontraban preparándose para salir a sus respectivos servicios, en el dormitorio de la Unidad que se encuentra contiguo a la Guardia de Prevención, circunstancias en que fue activada una granada lacrimógena, motivando que el personal abandone dicho lugar, saliendo a la calle, al patio interior y a la cancha de fulbito de la 2da. Comisaría, con el propósito de aliviarse de los efectos de los gases y continuar vistiéndose, los que no habían terminado de hacerlo.

Aproximadamente diez minutos después, fue lanzada una segunda granada lacrimógena en el dormitorio en construcción que utiliza el personal antes mencionado en el local de la 2da. Comisaría, con efectos similares a la primera, que obligó al personal a replegarse al fondo de dicha cancha de fulbito y que es utilizada por la 66-CGC como patio de formaciones.

Aprovechando esta concentración de PS en dicho lugar, o talvez como una acción concertada, el Sargento 2do.GC. Celso PASTRANA NEYRA, perteneciente a la 66-CGC, subió al techo del calabozo de la 2da.Comisaría, que se encuentra frente a la mencionada cancha de fulbito, procediendo a invocar al personal para que acaten el denominado “PARO POLICIAL” y no salgan al servicio, como única medida en que el Gobierno atendiera las reclamaciones de la GC, y usando términos y expresiones insultantes contra el Comando Superior del Instituto; en estas circunstancias intervinieron, el Capitán GC. Guillermo ZEGARRA CALDERÓN y el Mayor GC. José GÓMEZ LA ROSA, ordenándole que deponga su actitud y baje del lugar en que se encontraba, obteniendo como respuesta este último que era el menos indicado para ordenarle en esa forma y que era un abusivo e inmoral; una parte del personal mencionado dieron muestras de apoyar la actitud del mencionado Clase.

Ante estos hechos, los oficiales procedieron a ordenar la formación respectiva para la designación de puestos, lo cual se cumplió a medias y ante la reiteración de las órdenes de los oficiales para que salgan al servicio, fue lanzada una tercera granada lacrimógena en el lugar de la formación, lo que motivó que se diera la orden para cubrir el servicio de inmediato, sin formación, saliendo el personal por la puerta de la 2da.Comisaría (Puerta de Calle) y siendo cubierto los servicios casi en su totalidad; el Sargento 2do.GC. Celso PASTRANA NEYRA, salió confundido con este personal hasta la calle y seguido por sus adeptos en número aproximado de cincuenta y se dirigieron hacía la Plaza Italia, ubicándose dicho Clase en el pedestal del monumento a “Antonio Raymondi”, siguiendo con su actitud de proselitismo ante una cantidad significativa de PS de otras Unidades que llegaban en forma sucesiva, así como también personal de las otras FF.PP.

Un grupo de PS liderados siempre por el Sargento Guardia Civil Celso PASTRANA NEYRA, se desplazó hasta la puerta de la 66-CGC con la evidente intención de incursionarla, lo que motivó que el Jefe de la Unidad, Comandante GC. Humberto FERNANDINI MARAVI, ordenó cerrar la puerta, la misma que fue trancada con un escritorio de la Guardia de Prevención; los jefes y oficiales, así como también el personal de servicio de Guardia, hicieron resistencia, logrando resistir la presión que hacían desde el exterior la referida turba, los mismos que lanzaron dos granadas lacrimógenas por la parte superior de la puerta principal de la Unidad, siendo devueltas ya accionadas por uno de los oficiales, con lo cual la turba cesó en sus propósitos de ingresar al cuartel.

En las manifestaciones proporcionadas por el personal comprometido en la presente investigación, se encuentran diversas versiones sobre estos hechos, haciéndose difícil establecer; hora, lugar y número de granadas lacrimógenas lanzadas en el interior de la 66-CGC, así como también. El tiempo que ha durado la intervención del Sgto.2do.GC. Celso PASTRANA NEYRA, el número y actitud del PS que lo apoyó en dicho local, y lo que es más importante la conducta observada por el Comando de la Unidad, por lo que es necesario establecer cada uno de estos aspectos.
Teniendo en cuenta los “HECHOS” consideramos en este Informe, el Análisis, se hará siguiendo la misma secuencia, es decir establecer las primeras manifestaciones de indisciplina mediante el lanzamiento de granadas lacrimógenas, seguidamente la intervención del Sgto.2do.GC. Celso PASTRANA NEYRA y por último, el cumplimiento y observancia de la Orden de Operaciones, confeccionada para prevenir, detectar y neutralizar actos de indisciplina en la Unidad y demás dispositivos procedentes de la Comandancia.

A.- Casi todos los oficiales y personal subalterno interrogados, coinciden en manifestar, que la activación de la primera granada lacrimógena, ocurrió entre las 06.25 y 06.30 horas del día 15MAY87, en el dormitorio del personal subalterno de la 66-CGC, que se encuentra contiguo a la Guardia de Prevención, que este es un ambiente amplio pero lleno de roperos y algunas camas camarotes, con estrechos pasadizos para que el personal pueda desplazarse hasta sus puestos, lo que factibilizó el activamiento de la granada lacrimógena, que fue el primer brote de indisciplina del PS y que permitió también, que no haya sido detectado su autor (ver croquis de la Unidad que corre a folios 138). Existe también diversidad de informaciones, sobre el empleo del material lacrimógeno y que se puede sintetizar de la manera siguiente:

Según el Comandante GC. Humberto FERNANDINI MARAVI, fueron activadas tres granadas lacrimógenas; una en el patio de la Unidad, otra en el dormitorio del PS de la 66-CGC y la tercera en el ambiente cedido por la 2da.Comisaría, para que el personal guarde sus roperos, manifestación de folios 18.

En el Informe No. 09-66-CGC-JC-C., del 28MAY87 formulado por dicho Jefe, figura a partir de las 07.00 horas fue el activamiento del material lacrimógeno en el siguiente orden: Una en el dormitorio cedido por la 2da.Comisaría, otra en el patio de la Unidad y la tercera en el dormitorio de la 66-CGC, es decir que coincide en el número, pero no en la hora, ni en el orden en que ocurrieron los hechos. Informe que corre a folios 96 al 104.

Coincide también en cuanto al número, la manifestación del Mayor GC. Carlos Enrique VEGA GARCÍA, Jefe de Servicios de la Comandancia, quien afirma que una granada fue detonada en el ambiente donde el personal tiene sus roperos (Dormitorio 66-CGC) y otras dos en el ambiente cedido por la 2da.Comisaría a la 66-CGC, manifestación de folios 24.



También afirma, que fueron activadas tres granadas lacrimógenas, con ligeras variaciones de hora y lugar, el siguiente personal: Capitán GC. Jesús KONJA CHACÓN, Jefe del Cuarto Escuadrón, manifestación de folios 32. El PS de Servicio de Guardia de Prevención de la 66-CGC, Sgtos.1ros.GC. José Lorenzo GONZALES RUBIO y Saturnino PATIÑO MALDONADO, Oficial y Adjunto de Guardia respectivamente y los Guardias GC. Rigoberto CHUMBE HUAYTA, Enrique ACUÑA CORREA, William ALVAREZ MUÑOZ y Walter PINEDA DE LA PAZ, manifestaciones de folios 55, 57, 64, 65, 68, y 69.

Es de tenerse en consideración, que el Oficial y Adjunto de Servicio de Guardia, manifiestan que a partir de las 06.25 horas, fueron accionadas dos granadas lacrimógenas en el dormitorio de la Unidad, entendiéndose que debe tratarse de una equivocación, por cuanto la mayoría afirma de que la segunda granada fue accionada en el ambiente utilizado por la 66-CGC en la 2da.Comisaría.

Por otro lado el personal de servicio de la 2da.Comisaría, conformado por el Alfz.GC. Alejandro DÍAZ SÁNCHEZ, Sgto.2do.GC. Teófilo COTRINA INFANTE, manifestaciones de folios 51 al 54, refieren que han sido lanzadas dos granadas lacrimógenas, una en el dormitorio en construcción de la 2da.Comisaría que ocupa la 66-CGC y otra en la cancha de fulbito, lugar de formación de la Unidad, lo que no hace más que confirmar, la versión del personal antes mencionado, teniendo en consideración que este personal no tiene acceso a los ambientes de la 66-CGC, ni tampoco razón de conocer lo que ocurrió en este local, por cuyo motivo no se refiere a la primera granada accionada en el dormitorio de la 66-CGC.

Inexplicablemente, el 2do. Jefe de la Unidad, Mayor GC. José GÓMEZ LA ROSA, afirma que fueron detonadas dos granadas lacrimógenas, la primera a horas 06.30 en el dormitorio contiguo a la Guardia de Prevención y quince minutos después, la segunda en el interior del dormitorio que ocupa el personal de la Unidad en el ambiente cedido por la 2da.Comisaría, coincidente con lo manifestado por los Capitanes GC. Héctor CANALES LANDA y Guillermo ZEGARRA CALDERÓN, así como también el Teniente GC. Fernando SUAREZ GÓMEZ, debiendo tenerse presente que el Jefe y el Capitán primeramente mencionados, no se encontraban comprometidos con el servicio exterior, manifestaciones de folios 21, 40, 38 y 42.

Los Capitanes GC, Federico RAMOS ITURBIDE SÚAREZ, Javier LA TORRE MESÍA, Lisandro CARDENAS GARCÍA, Eduardo GRANDA MONROY y los Tenientes GC. José Gino CONTTY BRIGNOLE, Julio César LEGAND MUENTE, Gerardo GUARDERAS CALDERÓN y Juan Manuel CHÁVEZ BISSO, todos pertenecientes a la 66-CGC, manifiestan que solo han escuchado, visto o sentido, los efectos de una granada lacrimógena, no habiendo constatado ningún otro acto de indisciplina, por cuanto el Jefe de la Unidad les ordenó que salgan al servicio de patrullaje en el exterior, adelantando la cobertura de este servicio, que normalmente es cubierto por los oficiales a partir de las 08.00 horas, con excepción del Capitán GC. CARDENAS GARCÍA Lisandro, dichos oficiales justifican su ausencia durante los otros actos de indisciplina por comandar Escuadrones o Pelotones de Patrullaje en el exterior y teniendo en consideración, que en la Unidad existen cinco oficiales dedicados a funciones administrativas, según el cuadro orgánico de la Unidad de folios 77 al 78, que eran los llamados a permanecer en el cuartel, para atender y/o controlar los problemas de indisciplina que existía, como es el caso del Capitán GC. CARDENAS GARCÍA Lisandro, sin embargo este afirma que solamente se enteró de que había detonado una granada lacrimógena y a partir de este momento se dedicó en forma exclusiva a cubrir su puesto de referencia que era la Oficina de Radio y de Furrieles, de acuerdo al dispositivo del servicio que se formuló en la Unidad de folios 80 al 83; es decir, que tampoco los oficiales administrativos se interesaron por los problemas habidos en su cuartel, manifestaciones de folios 29, 31, 34, 36, 44, 45, 47, 49, respectivamente.

Merece igual consideración, la manifestación del Guardia GC. Jaime VEGA ROBLES, de servicio en la Guardia de Prevención, quien afirma que después de la primera granada ingresó a los servicios higiénicos, lugar en el que permaneció mientras ocurrían todos los otros actos de indisciplina, por cuyo motivo no los ha presenciado, ni se enteró de estos, manifestación de folios 67.

Todas estas consideraciones, conllevan a establecer lo siguiente:

Que estos actos no merecieron la atención y el tratamiento correcto por el Comando en pleno de la Unidad, y que existía en esta, tal estado de nerviosismo y que muy pocos conservaron la tranquilidad para poder establecer e informar correctamente estos sucesos.

También es de considerarse la orden proveniente del Jefe de la Unidad, al disponer que los servicios de patrullaje sean cubiertos de inmediato, con que los oficiales operativos justifican su ausencia durante los sucesos que siguieron después de la activación de la primera granada lacrimógena y que sin embargo el Capitán GC. Jesús KONJA CHACÓN, pese a su condición de tal, si los ha manifestado correctamente y el Capitán GC. ZEGARRA CALDERÓN, da una versión a medias (dos granadas), manifestaciones de folios 33 y 30-39.

B.- Como ya se ha dicho, por efecto de los gases una gran cantidad del personal se encontró en la cancha de fulbito de la 2da.Comisaría, que es utilizada como patio de formaciones por la 66-CGC, lo que fue aprovechado por el Sargento 2do.GC. Celso PASTRANA NEYRA, perteneciente a la 66-CGC, que se encontraba uniformado de verde olivo y boina (ÁGUILA NEGRA), para subir al techo del calabozo de la 2da.Comisaría, procediendo a instigar al personal para que se plegasen al “PARO POLICIAL”, única manera en que el Gobierno atendiera las reclamaciones de la GUARDIA CIVIL.

Existe también diversidad de información, en cuanto al tiempo en que ha permanecido el mencionado Clase en dicho lugar, el número y actitud del personal que lo escuchó y/o apoyó; así como también el comportamiento del Jefe de Unidad y su Comando en pleno frente a estos sucesos.

El Comandante GC. Humberto FERNANDINI MARAVI, manifiesta que en circunstancias que se encontraba contestando una llamada telefónica del Jefe de Región, le informaron que el Sargento 2do.GC. Celso PASTRANA NEYRA, había trepado al techo del calabozo de la 2da.Comisaría, procediendo a reclamar aumento de sueldos y denunciando inmoralidades, abusos del Mayor GC. José GÓMEZ LA ROSA, 2do. Jefe de la Unidad, y el Mayor GC. Ángel MONTEBLANCO SANTA CRUZ, Comisario de la 2da.Comisaría-San Andrés, e invitando al personal a plegarse al “PARO POLICIAL”, manifestación de folios 18 al 20.

Que dicho Clase ha permanecido por espacio de cuatro minutos aproximadamente en el mencionado lugar y que al terminar de dar cuenta las novedades ocurridas en su Cuartel, y al ingresar al interior del mismo, observó que el personal desfilaba al servicio en número aproximado de 350 PS, no pudiendo detectar al Sargento 2do. GC. Celso PASTRANA NEYRA, para luego después verlo en la Plaza Italia, pero que el personal que apoyó a dicho Clase y lo siguió hasta la referida Plaza, fueron 50 aproximadamente.

Que no ha conocido ninguna divergencia entre el Sargento Guardia Civil Celso PASTRANA NEYRA y los Mayores GC. GÓMEZ LA ROSA y MONTEBLANCO SANTA CRUZ, hasta el 15MAY87, en que dicho Clase los señaló como inmorales y abusivos, teniendo conocimiento que el Mayor GC. GÓMEZ LA ROSA, venía prestando servicio en la 66-CGC, por tres años consecutivos.

Que dispuso que los servicios sean cubiertos anteladamente, teniendo en consideración que hasta las 07.00 horas del 15MAY87, el ingreso del personal de vacaciones fue normal y cuando se produjeron los actos de indisciplina, por medida de seguridad fueron cubiertos por oficiales de la Unidad y de refuerzo que dispuso la superioridad, así como el PS de la Unidad que en todo momento y circunstancias demostraron lealtad.

Que no ha existido ningún indicativo de que el personal nato o el que cubre servicios de bancos, se plegarían al “PARO POLICIAL”, por cuanto el personal de la 66-CGC solicita voluntariamente pertenecer a esta Unidad y que en la referida fecha, tenían que cobrar sus beneficios quincenales especiales que les correspondía y también que en ningún momento ha tenido ninguna información procedente de ningún Jefe u oficial de la 66-CGC, en el sentido de que el Sargento 2do.GC. PASTRANA NEYRA Celso, iba a adoptar una actitud de rebeldía y liderar el denominado “PARO POLICIAL” manifestación de folios 18 al 20.

El Mayor GC. Carlos Enrique VEGA GARCÍA, Jefe de Servicios de la Unidad, manifiesta que a horas 06.30 más o menos se encontraba a inmediaciones de la Guardia de Prevención, momentos en que el personal abandonaba el local por efectos de los gases, procediendo a motivarlos para que regresen al interior del local, constatando que el Sargento de la Guardia Civil PASTRANA NEYRA Celso, incitaba al personal para que se plegasen al “PARO POLICIAL” desde el techo del calabozo ya mencionado, circunstancias en que el Capitán GC. ZEGARRA CALDERÓN trató de persuadirlo para que deponga su actitud, sin resultado positivo y al tratar el Mayor GC. José GÓMEZ LA ROSA también de hacerlo callar, recibió insultos e improperios, disponiendo dicho Jefe y en cumplimiento a la orden del Comandante GC. FERNANDINI MARAVI, que los servicios sean cubiertos de inmediato, con resultados positivos por cuanto todo el personal salió al servicio; que no fue tomada ninguna medida de fuerza por dos razones:

1.- Que en las reuniones de oficiales, se recomendó actuar con tino y sin empleo de la fuerza, y;

2.- Que no era recomendable actuar con energía, por que toda acción de fuerza, hubiera llevado consigo al cambio de una actitud pasiva a una actitud exaltada por parte del personal; que la intervención del Sargento GC. PASTRANA NEYRA Celso, duró aproximadamente tres minutos y que lo acompañaban 50 personal subalterno aproximadamente, manifestación de folios 24-26.

El 2do. Jefe, Mayor GC. José GÓMEZ LA ROSA, manifiesta a folios 21 al 22, que el Sargento 2do.GC. Celso PASTRANA NEYRA subió al techo del calabozo haciendo una serie de imputaciones al régimen actual por no atender las reclamaciones de la Guardia Civil y contra el Comando de no hacer prevalecer las reclamaciones del personal y que al ordenarle, dicho Mayor para que baje del lugar donde se encontraba y deponga su actitud, fue faltado con términos ofensivos; que no era aconsejable tomar una actitud más enérgica, por que se habría incurrido en una acción de fuerza que pudo desencadenar una actitud de rebeldía innecesaria y que también el Capitán ZEGARRA CALDERÓN quiso hacerlo callar, siendo desobedecido; que escuchaban al Sargento de la Guardia Civil Celso PASTRANA NEYRA, unos 30 o 40 PS y su intervención duró unos tres minutos aproximadamente, pero en una actitud de indiferencia.

Que en una oportunidad dicho Jefe, propuso al Sargento 2do.GC. Celso PASTRANA NEYRA, para ser cambiado de la 66-CGC a la 41-CGC, ante una orden emanada de la Jefatura de Región, por lo que con Memorándum Nro.-740-II-RPGC/EMR-R1-PS del 28MAY86, se dispuso el cambio de dicho Clase, considerando que las ofensas recibidas por éste, posiblemente hayan sido motivadas al conocer que el referido Jefe, lo había propuesto para el citado cambio de colocación.

Que habiendo obtenido una información “Confidencial”, en reunión de oficiales del 14MAY87, hizo conocer al Comandante FERNANDINI MARAVI, y al Jefe de su Escuadrón, Capitán GC. Jesús KONJA CHACÓN, que el Sargento 2do.GC. Celso PASTRANA NEYRA, asumiría una actitud de rebeldía y que se disponía a liderar el “PARO POLICIAL”, no mereciendo su recomendación ningún comentario, manifestación de folios 21 al 23.

El Comisario de la 2da.Comisaría, Mayor GC. Ángel MONTEBLANCO SANTA CRUZ, manifiesta no poder precisar el tiempo de la intervención del Sargento 2do. GC. Celso PASTRANA NEYRA, por haberse encontrado en el interior de su Sub-Unidad y que lo rodearon entre 40 a 45 Guardias Civiles, folios 27 y 28.

El Capitán GC. Jesús KONJA CHACÓN, manifiesta que dicho Clase, habló encontrándose sobre el techo del calabozo de la 2da.Comisaría por espacio de cinco minutos más o menos y que no se ha tratado en ninguna reunión de oficiales, sobre el comportamiento que presuntamente asumiría el Sargento GC. Celso PASTRANA NEYRA, en el “PARO POLICIAL”, agregando que ordenó reiteradamente al Clase, para que baje del lugar en que se encontraba, no siendo obedecido y al ordenarle el Mayor GC. GÓMEZ LA ROSA José, para que deponga su actitud, fue tratado de abusivo, deshonesto y que atropellaba los derechos del personal; que ante la orden para que se cubran los servicios, el personal abandonó el local en forma dubitativa, parsimoniosa y finalmente acatando la orden, manifestación de folios 38-39.

Que en una reunión de oficiales, el Mayor GC. José GÓMEZ LA ROSA, se refirió en el sentido de que el Sargento GC. Celso PASTRANA NEYRA, debería ser observado, disponiendo el Jefe de la Unidad, que el Jefe de Escuadrón, Capitán GC. Jesús KONJA CHACÓN, tuviera presente tal situación, desconociendo cual fue el resultado de esta medida, manifestación de folios 39.

El Capitán GC. Héctor CANALES LANDA, manifiesta que el Sargento GC. Celso PASTRANA NEYRA, ha permanecido sobre el techo del indicado calabozo, de diez a quince minutos y que lo rodeaban entre 60 a 70 PS en actitud pacifica, que el Comandante FERNANDINI MARAVI ordenó que los servicios sean cubiertos de inmediato, no constándole ninguna otra actitud de indisciplina, manifestación de folios 40.

El Teniente GC. Fernando SUAREZ GÓMEZ, coincide con las manifestaciones anteriores, en términos generales y que la intervención del Sargento GC. Celso PASTRANA NEYRA sobre el techo del calabozo, ha demorado unos ocho minutos aproximadamente, folios 42.

Los Capitanes GC. Federico RAMOS ITURBIDE SUAREZ, Ernesto LA TORRE MESIA, Lisandro CARDENAS GARCÍA, Eduardo GRANDA MONROY y los Tenientes GC. José CONTTY BRIGNOLE, Julio LEGRAND MUENTE, Gerardo GUARDERAS CALDERÓN y Juan Manuel CHÁVEZ BISSO, coinciden en manifestar que no han escuchado ni visto la intervención del Sargento GC. Celso PASTRANA NEYRA, por cuanto salieron a patrullar, según la orden que les fue impartida por el Comando de la Unidad, manifestaciones de folios 29, 31, 34, 36, 44, 45, 47 y 49, respectivamente.

El Personal de Servicio de la 2da.Comisaría-San Andrés, tales como el Alfz.GC. Alejandro DÍAZ SÁNCHEZ, Sgto.2do.GC. Teófilo COTRINA INFANTE, los Guardias GC. Gilmer SÁNCHEZ CHÁVEZ y Edinson NUÑEZ RODRIGUEZ, manifiestan que por razones propias de su servicio no han escuchado la intervención del referido Clase, ni apreciado el tiempo que ha durado esta, pero si afirman, que el personal GC que lo escuchaban, mantuvo una actitud pacifica y que los gases de la granada arrojada a la cancha de fulbito, motivó una airada protesta de los detenidos, por lo que hubo la necesidad de conducirlos al hall de la Comisaría, con el consecuente cuidado especial que deberían de ejercer sobre éstos y que motivó no poder atender lo que ocurría en el interior del local, manifestaciones de folios 51, 52. 53 y 54.

El Personal Subalterno de Servicio de Guardia de Prevención de la 66-CGC, proporcionan también información muy diversa sobre estos hechos y en la siguiente forma: Los Sgtos.1ros.GC. José GONZALES RUBIO y Octavio MALDONADO, el Cabo GC. Guillermo CLEMENTE ARANCEL y los Guardias GC. Rubén GAMARRA FLORIAN, Lores ARIZA BENITES, Pelayo CHUMBE HUAYTA, Jaime VEGA ROBLES y Walter PINEDA DE LA PAZ, manifiestan que se encontraban abocados a sus servicios y/o cubriendo sus puestos de responsabilidad, tales como Oficial de Guardia y Adjunto (Preparando el Relevo), atendiendo el teléfono, desempeñándose como Vigilante de Puertas o de Ronda en el Exterior, por cuyos motivos no han visto la intervención del Sargento GC. Celso PASTRANA NEYRA, razones comprensibles casi en su totalidad, pero, que no es aceptable lo que manifiesta el Guardia GC. VEGA ROBLES Jaime, quien afirma que desde el activamiento de la primera granada lacrimógena ingresó a los servicios higiénicos, para refrescarse, lugar donde ha permanecido durante todos los sucesos ocurridos en tal oportunidad, y de igual manera no es aceptable la manifestación del Guardia GC. PINEDA DE LA PAZ Walter, que no obstante encontrarse de servicio en la playa de estacionamiento de vehículos, en el interior del Cuartel y a inmediaciones del lugar en que se realizó la intervención del Sargento GC. Celso PASTRANA NEYRA, manifiesta no haber visto la intervención de dicho Clase, concluyéndose en el sentido de que éstos dos últimos Guardias Civiles han negado información al Instructor del presente proceso, en su afán de no comprometerse, manifestaciones que corren a folios 55, 57, 58, 61, 62, 64, 67 y 69, respectivamente.

El Cabo GC. Willy GALLEGOS GAMARRA, manifiesta que el Sargento GC. Celso PASTRANA NEYRA, habló aproximadamente unos diez minutos, no habiendo escuchado lo que dijo ni presenciado cual haya sido la intervención de los oficiales, de folios 60.

El Guardia GC. José Antonio GALLEGOS VILCHEZ, manifiesta que ha llegado a enterarse de que el Mayor GC. José GÓMEZ LA ROSA, llamó la atención en la calle (Jirón Huallaga) al Sargento GC. Celso PASTRANA NEYRA, por la actitud que estaba asumiendo, ignorando los detalles por no encontrarse presente, manifestación de folios 63.

El Guardia GC. Juan ACUÑA CORREA, manifiesta los aspectos comunes ya conocidos, aportando únicamente que después de la tercera granada lacrimógena, el Sargento 2do. GC. Celso PASTRANA NEYRA invitó al personal para que salieran a la calle abandonando el local por la puerta de la 2da.Comisaría; que el Sgto.2do.GC. Celso PASTRANA NEYRA, habló por espacio de siete a ocho minutos más o menos, manifestación de folios 65.

El Guardia GC. William ALVAREZ MÚÑOZ, manifiesta que se encontraba como telefonista y que se constituyó al Despacho del Jefe de la Unidad, comunicándole que tenía una llamada telefónica del General Jefe de Región -Héctor Rivera Hurtado- y que al término de la llamada, retornó a su puesto, advirtiendo que salía gases lacrimógenos del dormitorio contiguo a la Guardia de Prevención, por una granada que había sido accionada. Que tampoco ha visto la intervención del Sargento GC. Celso PASTRANA NEYRA, por encontrarse abocado a sus funciones especificas, manifestación de folios 68.

Todo lo expuesto, en relación a este extremo de la investigación, hace arribar a las siguientes consideraciones:

Que el Sgto.2do.GC. Celso PASTRANA NEYRA, se ha dirigido a un personal mortificado por efectos de los gases lacrimógenos, que en su gran mayoría lo escuchaba, aunque no se identificaron con sus requerimientos.

Que el personal que lo escuchó y se identificó con su posición, fueron aproximadamente 50 PS en su mayoría personal de vacaciones y ajenos a la 66-CGC; que después de la intervención del Sargento GC. Celso PASTRANA NEYRA, el personal últimamente mencionado, lo siguió hasta la Plaza Italia.

Que el Sgto.2do.GC. Celso PASTRANA NEYRA, habló ante el personal durante unos cinco a ocho minutos aproximadamente, tiempo promedio entre las manifestaciones que obran en el presente documento.

Que ante los brotes de indisciplina ya descritos, el Jefe de Unidad, dio la orden de agilizar la cobertura del servicio, lo que fue ejecutado por los Jefes Operativos de la Unidad, a partir del Mayor GC. Carlos VEGA GARCÍA, Jefe de Servicios y que estos fueron cubiertos en su totalidad aunque no con todos sus efectivos.

Que los únicos que intentaron hacer callar al referido Clase y le ordenaron para que baje del lugar en que se encontraba, fueron el Capitán GC. Guillermo ZEGARRA CALDERÓN y el Mayor GC. José GÓMEZ LA ROSA, siendo desobedecido el primero y faltado de palabra el segundo de los nombrados, tratándolo de inmoral y abusivo.

Que no satisface plenamente la explicación proporcionada por el Jefe de Unidad, al afirmar que durante la intervención del Sargento GC. Celso PASTRANA NEYRA, se encontraba contestando una llamada telefónica del Jefe de Región –General FF.PP Héctor Rivera Hurtado-, por estimarse que esta conversación telefónica de ninguna manera ha podido durar todo el tiempo de la intervención del mencionado Clase, y en todo caso, que al ser informado de lo que estaba ocurriendo con su personal, ha podido solicitar a su interlocutor para interrumpir la conversación telefónica ante la gravedad de los hechos, e intervenir directamente, ordenando al Clase para que deponga su actitud o tomar las medidas pertinentes, pero en forma personal y en el lugar de los hechos; estableciéndose, que dicho Jefe, ha permitido por omisión o falta de decisión, que su personal realicen graves actos de indisciplina, así como también la instigación al Motín y la consumación del delito de Insulto al Superior.

El Mayor GC José GÓMEZ LA ROSA, afirma haber obtenido una información confidencial, en el sentido de que el Sargento GC. Celso PASTRANA NEYRA, se aprestaba a fomentar desórdenes en el Cuartel y a liderar el “PARO POLICIAL”, lo que hizo de conocimiento del Jefe de Unidad, en una reunión de oficiales y que su recomendación, no fue escuchada y no se tomó ninguna medida sobre el particular, lo cual es negado rotundamente por el Comandante GC. Humberto FERNANDINI MARAVI, el Mayor GC. Carlos Enrique VEGA GARCÍA, Jefe de Servicios, el Capitán GC. Jesús KONJA CHACÓN y los otros oficiales lo niegan tácitamente, al habérseles interrogado si existió algún indicativo que haga suponer que el personal de la 66-CGC acataría el “PARO POLICIAL”; así como también el concepto que les merecía el referido Clase; el Capitán GC. Guillermo ZEGARRA CALDERÓN, acepta a medias que se hizo tal comentario. Si se tiene en consideración que el Sargento GC. Celso PASTRANA NEYRA, ha inferido en forma pública y directa contra el Mayor GÓMEZ LA ROSA, ofensas que no han merecido la reacción ni la formulación del Parte por Insulto al Superior, es de suponer que dicho Jefe, ha pretendido distraer la atención del Investigador, para disimular los cargos y ofensas que le hizo dicho Clase, y justificar de alguna forma su pasividad o lenidad, sin dejar de considerar la gravedad de las ofensas, que deben ser objeto de otra investigación, ajena al propósito de esta Inspectoría AD-HOC.

El único en manifestar que el Mayor GC. Ángel MONTEBLANCO SANTA CRUZ, Comisario de la 2da.Comisaría, también fue insultado por el Sargento GC. Celso PASTRANA NEYRA, es el Comandante GC. Humberto FERNANDINI MARAVI, Jefe de la 66-CGC, lo cual hace suponer una información inexacta y en todo caso que dicho Mayor, ya ha sido investigado por los sucesos realizados en la 25-CGC y 2da.Comisaría, con ocasión del “PARO POLICIAL”.

También se establece que parte del personal comprometido en la presente investigación, han negado información, en forma maliciosa, los mismos que deben ser sancionados en resguardo del respeto que merecen los trámites administrativos disciplinarios.

Queda establecido también, que según consenso de todo el personal que ha manifestado, el Sargento GC. Celso PASTRANA NEYRA, antes del PARO POLICIAL iniciado el 15MAY87, era un excelente Clase y ha tenido brillantes intervenciones y que ha sido felicitado en varias oportunidades, motivo por el cual ha causado sorpresa la actitud adoptada por el ya tantas veces mencionado Sargento 2do., además que no existió en la 66-CGC ningún indicativo que haga presumir que en dicho local se realizaría actos de indisciplina, ya que se trata de personal seleccionado, que tiene un tratamiento económico especial y superior al resto del personal del Instituto y que el personal ajeno que cubre servicio de bancos, se encuentra en dicho lugar a su solicitud, ya que también reciben una gratificación especial por el tiempo de servicio que desempeñan.

En cuanto a la pretendida incursión al Cuartel de la 66-CGC, por un grupo de personal encabezados también por el Sargento GC. Celso PASTRANA NEYRA, todo el personal ha coincidido en manifestar en la forma ya descrita, existiendo disconformidad únicamente en lo relacionado con el número de granadas lacrimógenas arrojadas por la turba insurrecta, ya que algunos afirman que fue una y otros que fue dos las granadas lacrimógenas arrojadas por la parte superior de la puerta de la Unidad, lo cual carece de importancia, toda vez que la actitud decidida de Jefes, oficiales y PS de servicio impidieron que se produzca la pretendida incursión en dicho local, así como también que la o las granadas fueron devueltas ya accionadas determinando que el personal amotinado, cesara sus intentos.

C.- La Orden de Operaciones No. 03-66-CGC-COAS.C3 “LEALTAD” del 14ABR87, confeccionado en la Jefatura de la 66-CGC de acuerdo a lo dispuesto por el Plan de Operaciones del mismo nombre y correspondiente al año 1986; documento formulado oportunamente y del que es necesario enjuiciar: 1.- La Misión y 2.- El Concepto de la Operación, para poder establecer si se cumplió con este dispositivo del Comando.

La Misión dice: “La Jefatura de Comandancia a través del 2do. Jefe y Jefe de Servicios, dispondrá que a partir de la formulación de la Orden de Operaciones se ponga en estado de alerta a todos los oficiales de la Unidad, a fin de que al primer brote e indicios de actos de indisciplina se ponga en ejecución el Plan Alterno de Seguridad de las Instalaciones, personal y búsqueda de informaciones para lo cual contarán con el apoyo del PSGC de probada lealtad que se consignan en dichos Planes y de esta forma prevenir, detectar y neutralizar al instante autos atentatorios contra el normal desenvolvimiento del servicio policial, la estabilidad moral de la Unidad y la vigencia plena del principio de autoridad”.

Como se puede apreciar, la Misión establece: 1.- Prevención, 2.- Detección y 3.- Neutralización al instante, de los actos atentatorios contra el normal desenvolvimiento del servicio policial, etc.

1.- En cuanto a la Prevención, en la Unidad se han realizado las siguientes acciones:

a.- Frecuentes reuniones de oficiales, con el objeto de hacer conocer el mencionado documento y demás dispositivos del Comando, según manifestación de todos los oficiales.

b.- Permanentes reuniones con el Personal Subalterno en forma exclusiva los sábados, días en los que la Unidad no está comprometida con el servicio casi en su totalidad (no funcionan los bancos); en estas reuniones se han tratado sobre los peligros y problemas que traerían al personal, acatar el “PARO POLICIAL” que se venía anunciando tanto en forma personal, así como también a la Institución; manifestaciones de todo el personal comprometido en la presente investigación.

c.- La celebración del día de la madre, con fecha 09MAY87 en el “Teatro Pizarro”, la misma que resultó muy lucida y con obsequios a todos los asistentes, manifestaciones del Mayor GC. GÓMEZ LA ROSA y Capitán GC. Lizandro CARDENAS GARCÍA.

2.- En lo que respecta a la detección, se han realizado las acciones siguientes:

a.- La permanente búsqueda de indicativos por parte de los oficiales, tales como: Inscripciones murales, volantes, reuniones secretas entre el PS, etc; no habiéndose detectado ninguno de los referidos indicativos, manifestaciones de todos los oficiales.

b.- Revisión de maletines y paquetes del PS que ingresaba a la Unidad, antes y después del servicio, y con anterioridad al 15MAY87.

c.- La mayor evidencia o convencimiento de que el PS de la 66-CGC, no acataría el “PARO POLICIAL”, estaba dado por el mejor tratamiento económico que dicho personal recibía por la modalidad del servicio y el personal de vacaciones que cubría servicio de bancos, lo hacía por su voluntad y a su solicitud, por percibir también un ingreso especial, todo lo cual llevó al convencimiento del Comando de la Unidad de que esta no acataría el “PARO POLICIAL”, manifestaciones de todos los oficiales.

d.- Todas estas acciones no han sido efectivas por cuanto ha sido empleado material lacrimógeno en el local, como ya se ha dicho y lo que es peor, que en la Unidad se venía germinando los actos de indisciplina que han motivado la presente investigación, ya que tres (03) miembros natos de dicha unidad, resultaron encabezando los actos de indisciplina y liderando todo el “PARO POLICIAL”, como es del conocimiento del Comando.

El Personal que lideró este movimiento son:

1.- Sargento 2do.GC. Celso PASTRANA NEYRA, cuya participación ha sido denunciada con Parte No. 01-66-CGC-JC, que corre a folios 132 al 135.

2.- Sargento 2do.GC. Víctor CERPA BRUNCE, denunciado con Parte No. 05-66-CGC-4-EMC. del 03JUN87 que corre a folios 116 al 121.

3.- Guardia GC. César VIDAL VÁSQUEZ, denunciado con Parte No. 06-66-CGC/1EM del 26MAY87, que corre a folios 105 al 115.

e.- En el numeral “d” del segundo acápite del Informe Nro. 09-66-CGC-JC-C. formulada por el Jefe de Unidad con fecha 18MAY87, se encuentra la relación de 07 miembros del PS que han sido detectados en la Plaza Italia, apoyando el “PARO POLICIAL”. En el literal “k” del indicado acápite del mismo Informe, figura la relación del PS que se encuentra “a esta” en la lista del día 15MAY87 dicho personal es en número de 13 y corre a folios 96 al 104.

En el literal “a” del tercer acápite se encuentra la relación de 09 PS que se encontraba “a esta” en la lista de 07.00 horas del 16MAY87. En el inciso “b” está la relación de 03 PS que se reincorporan al servicio, corre a folios 98.

En el literal “b” del acápite cuarto, aparece la relación de 05 PS que se encontraba “a esta” en la lista del 17 MAY 87, corre a folios 99.

f.- En el Informe No. 14-66-CGC-JC.C., del 10JUN87 aparece la relación del PS con “ANTECEDENTES” y también la relación del PS participante en el “PARO POLICIAL” del mismo que se solicita su cambio de colocación, por medida disciplinaria, corre a folios 136 al 137.

3.- En lo que se refiere a la neutralización al instante, de actos atentatorios contra el normal desenvolvimiento del servicio policial, la estabilidad moral de la Unidad y la vigencia plena del principio de autoridad, debe decirse:

a.- No hubo neutralización, al producirse el primer acto de indisciplina, reinó el desconcierto en la Unidad, ya que cada uno trató de aliviarse de los efectos de los gases, buscando lugares amplios y airados, como son; la calle, patio interior y cancha de fulbito.

En las manifestaciones tomadas al personal, se encuentra diversa información con respecto a la ubicación del Jefe de la Unidad, ya que se afirma que se encontró en la calle, en el interior del local o en su despacho, como el mismo manifiesta, contestando el teléfono, lo cual es dudoso, ya que el Guardia GC. William Antonio ALVAREZ MUÑOZ, en su manifestación que corre a folios 68, informa, que encontrándose de servicio de telefonista, se constituyó al despacho del Comandante FERNANDINI MARAVI, alcanzándole el teléfono por que tenía una llamada telefónica del General Jefe de Región –Héctor Rivera Hurtado-, que al término de esta conversación, al regresar con dicho aparato telefónico, constató que salía gases lacrimógenos del dormitorio del PS contiguo a la Guardia de Prevención, y que como ya se ha demostrado, este hecho ocurrió a horas 06.30 aproximadamente y que fue el inicio de todos los otros actos de indisciplina, quedando al respecto la duda de si es esta llamada a la que se refiere el Jefe en mención o recibió posteriormente otra llamada que le impidió atender personalmente los problemas que surgieron en su Unidad; estableciéndose eso sí, que los actos de indisciplina no fueron neutralizados oportunamente y que no se cumplió con el dispositivo ya mencionado.

b.- El concepto de la Operación, dice:

(1).- Toda acción llevada a cabo por el personal de Jefes, Oficiales y PSGC de la 66-CGC, estaría orientada a:

(a)   Neutralizar cualquier acto de indisciplina del personal.
(b)  Restablecer y mantener el principio de autoridad y mando.
(c)   Garantizar el normal desenvolvimiento del servicio específico que cubre la 66-CGC.

(2).- Las acciones a realizarse se aplicarán en tres fases:

(a)  Antes
(b)  Durante
(c)   Después de los posibles actos de indisciplina.

Se estima que el literal “a” ya ha sido suficientemente analizado.

En cuanto al literal “b” se considera que el principio de autoridad y mando, no se restableció ni se mantuvo, ya que si es verdad que fueron cubiertos los servicios, pero los actos de indisciplina siguieron sucediéndose y alcanzando posteriormente dimensiones incontrolables, que comprometió a toda la Institución y el país entero, poniendo en tela de juicio en la opinión pública, todo el Comando Superior del Instituto, de lo cual naturalmente no solo es responsable el Jefe de la 66-CGC, pero debe tenerse presente que en esta Unidad, se iniciaron todos estos actos de indisciplina que han motivado este proceso investigatorio.

Los literales “a, b, c” del numeral 2, a juicio del Instructor, no merecen mayor comentario, por haber sido tratado con anterioridad.

c.- También se ha formulado con este motivo, un Dispositivo del Servicio con designación de las áreas de responsabilidad de los Jefes y Oficiales de la Unidad, que estos coinciden en denominar “Puesto de Referencia” durante los días 15 al 18 de mayo de 1987, dispositivo este que fue cumplido en su totalidad, según manifestaciones del personal comprometido.

III.- CONCLUSIONES

1.- Está probado que a horas 06.30 aproximadamente del 15MAY87, fue accionada una granada lacrimógena en el dormitorio del PS de la 66-CGC contiguo a la Guardia de Prevención, siendo el primer acto de indisciplina surgido en la Unidad y que ocasionó malestar y desconcierto en el personal.

2.- Está probado que instantes después, fue activada una segunda granada lacrimógena en un ambiente de la 2da-Comisaría, que ocupa el personal de la 66-CGC y de vacaciones de diferentes Unidades que cubren servicio de Bancos; con similares consecuencias que con la primera.
3.- Está probado que por efectos de los gases lacrimógenos, los Oficiales Superiores, Subalternos y Personal Subalterno, salieron de los ambientes gaseados dirigiéndose indistintamente a la calle, al patio interior y a la cancha de fulbito de la 2da.-Comisaría, que la 66-CGC utiliza como patio de formaciones.

4.- Está probado que la presencia de gran número de PS en la mencionada cancha de fulbito, fue aprovechada por el Sargento 2do.GC. Celso PASTRANA NEYRA, para subir al techo del calabozo de la 2da.Comisaría e instigar al personal para que acaten el “PARO POLICIAL” y no salgan al servicio.

5.- Está probado que los Oficiales de la Unidad, dando cumplimiento a la orden procedente del Comandante GC. Humberto FERNANDINI MARAVI, procedieron a ordenar la formación respectiva para la designación de los servicios, circunstancias en que se produjo el estallido de una tercera granada lacrimógena, dando motivo para que el personal abandone el referido ambiente y salga a la calle, donde fueron designados los respectivos servicios.

6.- Está probado que los servicios fueron cubiertos en su totalidad, aunque no con sus efectivos completos.

7.- Está probado que el Sargento 2do.GC. Celso PASTRANA NEYRA, ha permanecido sobre el techo del calabozo de la 2da.Comisaría, instigando al personal para que se pleguen al denominado “PARO POLICIAL” por un tiempo considerable, estimado entre cinco a ocho minutos.

8.- Está probado que el Capitán GC. Guillermo ZEGARRA CALDERÓN y el Mayor GC. José GÓMEZ LA ROSA, intervinieron ordenando al Sargento 2do.GC. Celso PASTRANA NEYRA, para que deponga su actitud y baje del lugar donde se encontraba, siendo desobedecido el oficial y faltado de palabra el Mayor GC. José GÓMEZ LA ROSA, tratándolo de inmoral y abusivo.

9.- Está probado que el Mayor GC. José GÓMEZ LA ROSA, no ha hecho prevalecer su condición de tal, permitiendo faltamientos en presencia de numeroso PS y de oficiales de menor jerarquía, no tomando las acciones pertinentes y sin formular el Parte correspondiente.

10.- Está probado que el Comandante GC. Humberto FERNANDINI MARAVI, no ha tomado ninguna acción para controlar los actos de indisciplina que ocurrían en su Comandancia, ni ha neutralizado al referido Clase cuando instigaba al personal, por incurrir en graves actos de indisciplina y la consumación de los Delitos de Motín e Insulto al Superior, tratando de justificar su falta de decisión, por el poco tiempo que duró la intervención del Sgto.2do.GC. Celso PASTRANA NEYRA; habiéndose establecido, que ha tenido el tiempo suficiente para intervenir en forma personal.

11.- Está probado que un grupo de PS convertido en turba y liderados por el Sgto.2do.GC. Celso PASTRANA NEYRA, trató de incursionar el local de la 66-CGC, no logrando su propósito ante la resistencia que opusieron los Oficiales y el Personal de Servicio de Guardia, y que para conseguir su objetivo, arrojaron granadas lacrimógenas en número no determinado, las mismas que fueron devueltas desde el interior del Cuartel, ya accionadas, lo que determinó que la referida turba cese en sus propósitos de ingresar al local.

12.- Está probado que con antelación al anunciado “PARO POLICIAL”, se confeccionó en la 66-CGC, la Orden de Operaciones No.03-66-CGC-COAS.C. “LEALTAD” de fecha 14ABR87, la misma que se hizo de conocimiento de los oficiales de la Unidad, oportunamente, pero que no fue cumplida a cabalidad.

13.- Está probado que el Personal Subalterno que resultó responsable de los actos de indisciplina en la mencionada Unidad, así como también el que se encontró en situación a “ESTA” y “FALTANDO” a las listas respectivas, ha sido denunciado ante el Comando, mediante Partes o Informes disciplinarios, respectivamente de acuerdo a sus responsabilidades.

14.- Está probado que en la 66-CGC se realizaron acciones persuasivas y disuasivas para impedir que el personal de la Unidad y el que cubre servicios de Bancos, acaten el denominado “PARO POLICIAL”.

15.- Está probado que el Personal Subalterno que se plegó al “PARO POLICIAL” y realizó actos de indisciplina, en su gran mayoría es personal ajeno a la 66-CGC; en la Unidad también ha existido personal que apoyó la referida acción de fuerza.

16.- Está probado que el Personal de la 2da. Comisaría de la 25-CGC, no ha participado en los actos de indisciplina que se suscitaron en su local, limitándose a tomar medidas para contrarrestar los efectos de los gases que afectaban a los detenidos y cubrir los servicios de su exclusiva responsabilidad.

Es todo cuanto se hace de su conocimiento para los fines que se digne disponer. Adjuntando al presente la documentación reseñada en el índice.

Lima, 27 de octubre de 1987

Lizandro Alvitez Falcón
General FF.PP

Inspector AD-HOC

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